Os recordamos la posibilidad de exención del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles para aquellos centros privados concertados en los que se produzca coincidencia entre la persona titular y la propietaria de los inmuebles destinados a la enseñanza sobre aquella superficie que esté afecta a la enseñanza concertada.
Por tanto, los titulares de aquellos centros quieran acogerse a este beneficio para el próximo 2024, deberán cursar solicitud antes del día 31 de diciembre ante el Ayuntamiento donde radique el centro. Asimismo, si se hubiese concedido la citada exención anteriormente se deberá revisar su vigencia para comprobar el límite temporal por la que fue concedida.
Adjuntamos un modelo de solicitud a fin de que lo podáis adaptar a cada caso concreto.